CÓDIGO de POLICIA

Aquí publicamos las clausulas dispuestas para la tenencia de mascotas.

¿Qué dice el nuevo código de policía sobre la tenencia de mascotas?

 

Desde el 30 de enero de 2017 entró en vigencia el nuevo código de policía que entre muchas otras temáticas, habla sobre la tenencia de animales domésticos o mascotas.

 

1. “Dejar deambular semoviente, animales feroces o dañinos en espacio público y privado, lugar abierto al público, o medio de transporte público, sin las debidas medidas de seguridad” Multa general tipo 2 con un costo aproximado de $196.720

 

2. “Impedir el ingreso o permanencia de perros lazarillos que, como guías, acompañen a su propietario o tenedor en lugares públicos, abiertos al público, sistemas de transporte masivo, colectivo o individual o en edificaciones públicas o privadas”. Multa general tipo 2 con un costo aproximado de $196.720

 

3. “Omitir la recogida de los excrementos de los animales, por parte de sus tenedores o propietarios, o dejarlos abandonados después de recogidos, cuando ello ocurra en el espacio público o áreas comunes” Multa general tipo 1 con un costo aproximado de $98.360

 

4. “Trasladar un canino de raza potencialmente peligrosa en el espacio público, zonas comunes, lugares abiertos al público o en el transporte público en que sea permitida su estancia, sin bozal, trailla o demás implementos establecidos por las normas vigentes”  Multa general tipo 2 con un costo aproximado de $196.720

 

5. ” Incumplir las disposiciones para el albergue de animales” Multa general tipo 2 con un costo aproximado de $196.720

 

6. “Tolerar, permitir o inducir por acción u omisión el que un animal ataque a una persona, a un animal o a bienes de terceros”  Multa general tipo 4 con un costo aproximado de $786.880

 

7. “Entrenar ejemplares caninos para su participación en peleas como espectáculo, para la agresión de las personas, a las cosas u otros animales o establecer asociaciones caninas asociadas a ese fin” Multa general tipo 4 con un costo aproximado de $786.880

 

8. “Permitir que los animales o mascotas esparzan, parcial o totalmente, en el espacio público o zonas comunes, el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez puestas para su recolección”  Multa general tipo 1 con un costo aproximado de $98.360

 

Sobre la tenencia de perros potencialmente peligrosos

 

Se consideran perros “potencialmente peligrosos” a los ejemplares caninos que cumplan con una o todas las siguientes características:

 

1. Perros que han tenido episodios de agresiones a personas; o le hayan causado la muerte a otros perros.

 

2. Perros que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.

 

3. Perros que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces o híbridos: American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Bull Terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, de presa canario, Rottweiler, Staffordshire Terrier, Tosa Japonés y aquellas nuevas razas o mezclas de razas que el Gobierno Nacional determine.

 

Además de registrar a sus mascotas en un censo de caninos potencialmente peligrosos establecido por las alcaldías, el tenedor de este tipo de perros deberá cumplir con la ley manteniendo al ejemplar con bozal y traílla.

 

Así mismo, deberá pagar una póliza de responsabilidad civil extracontractual con la cual asume la responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasione a personas, bienes, vías y espacios públicos.

 

Bienestar y Proteccion Animal, imagen con derechos de autor.
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